Directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020

El 28 de enero se publicó en el BOE la resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

Las lineas de vigilancia y control tributario que marcan estas directrices establecen las principales áreas y cuestiones en las que la AEAT va a poner el foco este año 2020… Estas medidas se sustentan en los siguientes cinco pilares:

  1. Información y asistencia.

  2. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.

  3. La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

  4. El control del fraude en fase recaudatoria.

  5. La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

Al igual que en ejercicios precedentes, los puntos anteriormente señalados, se desarrollan en diferentes medidas de actuación. Aunque os dejamos el texto completo en el siguiente enlace y, en la página web de la Agencia Tributaria también podéis encontrar información al respecto (así como del PLAN ESTRATÉGICO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA 2020-2023), creemos interesante destacar:

Información y asistencia.

Desde la AEAT se pretende continuar potenciando tanto la diversidad como la calidad de los servicios de información y asistencia prestados a los contribuyentes, priorizando el uso de las nuevas tecnologías frente a los medios tradicionales de asistencia presencial, para conseguir una mayor eficacia y permitir una asignación más eficiente de los recursos materiales y humanos disponibles. De este modo, se garantizará a los contribuyentes la realización de trámites de forma más ágil y eficaz, gracias a los sistemas telemáticos de asistencia y a la disponibilidad de medios de identificación y de comunicación electrónicos.

Algunas de estas medidas ya vienen poniéndose a disposición del contribuyente desde hace años, a las que se les irán sumando otras a distintos niveles. Presentación y/o asistencia de autoliquidaciones (a la de IRPF, se le suma un asistente de confección del modelo 303; «PRE-303«, asistente censal), herramientas complementarias como una calculadora de prorratas… Consolidación de otras ya en marcha como la aplicación móvil o la plataformas de localización de servicios prestados), se crean las denominadas ADIs «Administraciones de asistencia Digital Integral».

Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.

La mayor parte de actuaciones relativas a este punto se articularan desde la sección de Censos. Control de presentación de autoliquidaciones, declaraciones informativas, calidad de la información…

Se introducen medidas dirigidas a la prevención del fraude en materia de Aduanas e Impuestos Especiales, en buena parte debido a los efectos del denominado BREXIT y la salida de UK del mercado único y unión aduanera, además de otras medidas preventivas en relación a este y otros países.

La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

Enmarcadas dentro del Plan Estratégico de la Agencia Tributaria, se recogen diversas medidas con el objetivo primordial de conseguir un impacto sectorial positivo en forma de ensanchamiento de bases y mejora de las cantidades autoliquidadas.

Para ello, las lineas de actuación principales serán las siguientes:

  • Fuentes de información y avances tecnológicos en el análisis de riesgos
  • Control de tributos internos:
    • Actuaciones de comprobación a grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales.
    • Análisis patrimonial.
    • Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades (al igual que años anteriores…).
    • Control de actividades económicas, especial  hincapié en lo relativo a IVA e IS.
    • Otras… Destacar lo relativo a rentas procedentes de otros países (especialmente de artistas y deportistas), ENLs, actuaciones de colaboración con la Inspección de trabajo y la Seguridad Social […] y para la lucha contra el fraude en la cotización y reducción de las cuotas de la Seguridad Social, actuaciones de control en el marco de las relaciones con las Haciendas forales. 
  • Comprobaciones formales
  • Análisis de la información. Se incide en la investigación en Internet y la obtención de información relacionada con los nuevos modelos de actividad económica, especialmente en comercio electrónico, que continúan constituyendo una prioridad para la Agencia Tributaria, en concreto actuaciones dirigidas a:
    • Obtención de información sobre operaciones realizadas con criptomonedas.

    • Sistematización y estudio de la información obtenida, a efectos de diseñar las actuaciones de control adecuadas para garantizar la correcta tributación de las operaciones señaladas, así como el origen de los fondos utilizados en la adquisición de las mismas.

  • Se continuará con la realización de actuaciones centralizadas de comprobación en relación con el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de no residentes por la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

Por último, continuidad e impulso para las medidas que se vienen aplicando en lo relativo a:

El control del fraude en fase recaudatoria y la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

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Líneas de control y vigilancia por parte de AEAT en 2018

En el BOE del día de ayer, entre otras, se publicaron las líneas de vigilancia y actuaciones de control que como todos los años la Agencia Tributaria anuncia.

En esta ocasión la AEAT pone el foco en la economía digital e internacional. En concreto, se va a fijar la atención y destinar recursos a revisar las operaciones relativas a:

  1. Grupos multinacionales y grandes empresas:
    • Precios de transferencia
    • Planificaciones fiscales agresivas
    • Establecimientos permanentes
    • Paraísos fiscales
  2. Análisis patrimonial:
    • Detección de bienes y derechos ocultos
    • Rentas no declaradas
  3. Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades:
    • Sectores y modelos de negocio en los que los niveles de economía sumergida destacan por una especial percepción social sobre su propia existencia (economía colaborativa)
    • Comprobación de diferentes aspectos de carácter material en los que se detecta una inadecuada declaración de ingresos por parte del contribuyente
    • Detección de falta de repercusión efectiva en el último escalón de la cadena del IVA
    • La existencia de sociedades carentes de una estructura productiva real que puede permitir que sean utilizadas con el ánimo de facilitar la ocultación de rentas (sociedades «zombies»)
    • Ejecución de actuaciones de comprobación respecto de los contribuyentes que hayan sido objeto de regularizaciones tributarias
    • Actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de personas jurídicas con la única finalidad de canalizar rentas a personas físicas de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables e, igualmente, con sociedades vinculadas con una persona o grupo familiar.
  4. Análisis de nuevos modelos de negocio:
    • Actuaciones sobre los nuevos modelos de distribución. («drop shipping» y «market places»)
    • Actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet, para detectar la posible existencia de tramas fraudulentas constituidas con patrones creados para defraudar
    • Nuevas tecnologías. Para mejorar la eficacia del uso de la información de que dispone la Agencia Tributaria se utilizarán nuevas técnicas de análisis de datos (se aplicará el «big data» y otras herramientas digitales)
    • Se vigilarán los pagos con tarjeta especialmente, ya que se ha superado el volumen de retirada de dinero en metálico de cajeros automáticos. (uso de monederos electrónicos y de sistemas de transferencias instantáneas…)
    • Se estudiará la incidencia fiscal de nuevas tecnologías, como blockchain, y, en especial, las criptomonedas(*Plataformas y apps denominadas «billeteras» como Coinbase, que permiten la compra y venta de ciptomonedas: etherum, litecoin o bitcoin…, ya están avisando de la responsabilidad por parte del usuario de las mismas en torno a la tributación de los rendimientos obtenidos por las transacciones realizadas con estas monedas digitales en base al pronunciamiento de las autoridades fiscales estadounidenses.)

Ayer en la formación que impartimos en la_Terminal advertimos de todos los cambios que se avecinan en lo relativo a la tributación de actividades económicas de proyectos o empresas con modelos de negocio digitales y de carácter internacional. Te invitamos a que estés atento a las próximas sesiones que llevaremos a cabo en ZAC, IberCaja, … para poder enterarte y estar al día de todo ello. En esta misma web, en el apartado AGENDA iremos colgando toda la información de estas actividades y formaciones.

En lexintek somos expertos en fiscalidad en este tipo de operaciones. Estamos alojados en una aceleradora de start-ups y conocemos a fondo la fiscalidad de la economía digital e internacional y estamos en continua formación para conocer las novedades que al respecto se suceden. Si tienes duda, contacta con nosotros 🙂