Recopilación de las últimas medidas para autónomos y PYMEs Vs Coronavirus. *EXTRA: Zaragoza

En este post recapitulamos las últimas medidas aprobadas por el Gobierno derivadas de la crisis del coronavirus y que están dirigidas a autónomos y PYMEs.

En las últimas semanas se han publicado en el BOE diferentes propuestas en este sentido. Algunas de ellas, tratan de dar continuidad o ampliar el recorrido de algunas que se pusieron en marcha prácticamente al principio de esta crisis y, otras, son fruto de la evolución de la misma y buscan la adaptación a las circunstancias derivadas de la «nueva normalidad».

También a nivel más local, son muchas las comunidades y ciudades que están lanzando medidas propias. Veremos lo que el Ayuntamiento de Zaragoza propone a través de microcréditos reintegrables.

laboral

En el RDL 24/2020 de 26 de junio, se aprobaban dos medidas dirigidas a trabajadores autónomos:

  • Exoneración de las cuotas del RETA para aquellos autónomos que hayan sido beneficiarios de la prestación por cese de actividad con motivo del coronavirus. Para todos ellos, que hasta fecha 30 de junio hubieran estado percibiendo esta prestación «CATA», podrán beneficiarse a su vez de las siguientes exenciones en el pago de sus cuotas de autónomos:
    1. 100% de la cuota para el mes de julio
    2. 50% de la cuota para el mes de agosto y
    3. 25% de la cuota para el mes de septiembre
  • Igualmente, para todos aquellos autónomos que a fecha 30 de junio hubieran estado percibiendo la citada prestación podrán, en cumplimiento de las siguientes condiciones, solicitar una nueva prestación (vía MUTUA también…) y que será vigente hasta el 30 de septiembre máximo. Entra en vigor con fecha 1 de julio si se solicita antes del 15 de julio;
    1. Estar afiliado y dado de alta en el RETA.
    2. En los últimos 2 años, haber cotizado un mínimo de 12 meses y, al menos, 12 meses de manera ininterrumpida.
    3. No superar la edad ordinaria de jubilación, a menos que se incurra en alguna de las excepciones recogidas por la norma
    4. Estar al corriente de pagos con la TGSS y, en caso de no estarlo, ponerse al día previamente.
    5. Que nuestra facturación del tercer trimestre de este 2020 se haya reducido, al menos, un 75% respecto al mismo trimestre del año anterior y siempre que el rendimiento neto NO supere los 5.818,75€/trimestre ni cada uno de los meses del trimestre, los 1.939,58€
    6. Cumplimiento de todas las obligaciones laborales relativas a los trabajadores que tuviéramos contratados por parte de la empresa.

Si quieres ampliar esta información y otra información (PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS DE TEMPORADA, PRÓRROGA DE ERTEs, etc.), te invitamos a que visites el blog de nuestro responsable de área, Daniel Blas.

financiero

  • Puesta en marcha del programa de financiación para la activación de ayudas y créditos para PYME dentro del programa ACELERA PYME de la empresa pública Red.es

*Zaragoza

Con el objetivo de reactivar e impulsar su actividad profesional o económica y mantener o generar al mismo tiempo empleo se lanzan las siguientes lineas de microcréditos reintegrables para autónomos y PYMEs con domicilio social en Zaragoza capital y con un máximo de 10 trabajadores en plantilla:

  • Línea 1 – Autónomos sin empleados a su cargo y autónomos y empresas con 1 o 2 trabajadores: podrán solicitar microcréditos de 5.000 € al 0% con 3 años de amortización.
  • Línea 2 – Autónomos y empresas que tengan entre 3 y 5 trabajadores: podrán solicitar microcréditos de 7.500 € al 0% con 5 años de amortización.
  • Línea 3 – Autónomos y empresas que tengan entre 6 y 10 trabajadores: podrán solicitar microcréditos de 10.000 € al 0% con 5 años de amortización.

Además de las condiciones anteriores, se establecen los siguientes supuestos:

  1. Que su actividad se haya visto afectada por el cierre obligatorio de establecimientos como consecuencia de la aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. 
  2. Que a pesar de haber podido continuar la actividad una vez entrado en vigor el decreto 463/2020, de 14 de marzo, hayan sufrido una reducción drástica de su facturación de al menos un 50% o más de ingresos por ventas en el segundo trimestre del año 2020 en relación al segundo trimestre del año 2019.

Podéis acceder a la solicitud de los microcréditos, así como comprobar el resto de condiciones, requisitos y causas de exclusión en la web del Ayto. de Zaragoza.

Nuevas líneas de avales ICO para empresas y autónomos afectados por el COVID-19

*ACTUALIZADO A 13 DE MAYO DE 2020

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 24 de marzo el Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, con el objetivo de apoyar a las empresas y autónomos españoles, garantizando el acceso a la financiación necesaria para mantener la actividad y el empleo.

El 10 de abril se aprobó en el Consejo de Ministros el segundo tramo de las lineas de avales por otros 20.000 millones de euros. Sin embargo, este segundo tramo se dirige en exclusiva a PYMEs y autónomos, dejando fuera a grandes empresas (aquellas que facturen más de 600.000€).

El 9 de mayo se publicó en el BOE las condiciones y requisitos -adicionalmente a los establecidos en los tramos anteriormente aprobados- del tercer tramo de 20.000 millones de euros de avales ICO. *Para este tramo, se contempla que 10.000 millones (la mitad) vaya destinado a empresas no categorizadas como PYMEs.

IMPORTES:

  1. Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a autónomos y pymes.
  2. Hasta 10.000 millones de euros para renovaciones y nuevos préstamos concedidos a empresas que no reúnan la condición de pyme.

*REQUISITOS: empresas que no se hayen inmersas en ningún procedimiento concursal a 17 de marzo ni figuren en el CIRBE a 31 de diciembre de 2019

  • LÍMITES:
    1. En el caso de pymes y autónomos el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación.
    2. En empresas que no reúnan la condición de pyme el aval cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación.
  • CALENDARIO:
    1. Desde: aquellas operaciones no anteriores al 17 de marzo de 2020.
    2. Hasta: se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2020.
    3. Plazo operaciones: no más de 5 años.
  • ANÁLISIS DE RIESGO Y SELECCIÓN DE OPERACIÓN:
    1. Se avalarán las operaciones de hasta 50 millones de euros que hayan sido aprobadas por la entidad conforme a sus políticas de riesgos, sin perjuicio de comprobaciones posteriores sobre sus condiciones de elegibilidad.
    2. Se avalarán las operaciones por encima de 50 millones de euros una vez que ICO haya analizado el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de manera complementaria al análisis de la entidad financiera.

**Este esquema de avales será otorgado a los préstamos y otras modalidades de financiación a las empresas y autónomos concedidos por las entidades financieras con independencia de su fuente de financiación. No obstante, si la operación de préstamo contase con la financiación de ICO, el esquema previsto en este Acuerdo será aplicable a la participación de ICO en las mismas condiciones.

En RDL 15/2020 de 21 de abril de 2020 en relación a la linea de avales aprobada se aprueba lo siguiente:

1- Se modifica el RDL 8/2020 de 17/03, extendiéndose la concesión de los avales contemplados en la línea de 100.000mill€ que originalmente se destinaban al ICO -y de los cuales ya 40.000mill€ han sido puestos a disposición de empresas y autónomos por este a través de entidades financieras- pudiéndose ser destinados también a:
– la Compañía Española de Reafianzamiento, S.A. (CERSA) que, a su vez podría derivar a las diversas sociedad de garantía recíproca repartidas por todas las comunidades autónomas…
– a través de pagarés de la AIAF.
– y al MARF.
En próximos consejos de ministros se aprobará todo lo relativo a su puesta en marcha.
 
2- Para aquellas empresas que tuvieran concedidas subvenciones de la EPE (reembolsables) en forma de préstamo por el IDAE, se establece un aplazamiento en la devolución de las cuotas.
 
3- Por último, se establecen las condiciones básicas de la aceptación en reaseguro por parte del Consorcio de Compensación de Seguros de los riesgos del seguro de crédito asumidos por las entidades aseguradoras privadas.
 
*En el BOE del 9 de mayo se aprueba nuevos avales relativos a los pagarés incorporados al Mercado Alternativo de Renta Fija (MARF) y a los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento, SME, Sociedad Anónima (CERSA).

Si quieres saber más sobre estas y otra medidas

(aunque iremos actualizando aquí esta información puntualmente)

Venture Capital

En la presentación del informe GEM2015 durante la pasada semana de la persona emprendedora, tuvimos la oportunidad los allí presentes de escuchar a Antonio Manzanera que vino como invitado a hablarnos sobre el llamado «Venture Capital» (capital riesgo).

Las tres pinceladas iniciales que dio fueron:

  1. No importa el rendimiento de la inversión individual, sino el del global de la cartera.
  2. El rendimiento relevante, es el constante en el tiempo.
  3. El rendimiento retribuye el riesgo. A mayor riesgo, mayor rentabilidad…

Después trazó el perfil típico del inversor de este tipo de entidades, que emprenden la búsqueda de terneros que puedan llegar a convertirse en vacas. Normalmente se constituyen para periodos de 10 años, donde los primeros de ellos son años de inversión y los últimos de desinversión, por lo que hay que andar con ojo a la hora de buscar financiación en una entidad de este tipo y conocer la etapa en la que se encuentra…

  • Las rentabilidades exigidas están en torno al 20%-25% por el motivo aludido dos párrafos más arriba.
  • Se buscan empresas con directivos motivados y que obtengan buenos resultados.
  • Las empresas de carácter tecnológico tienen ventaja ya que son las que resultan más atractivas.
  • Lo mismo ocurre con aquellas que se focalizan hacia mercados de gran tamaño y/o en crecimiento.
  • Es fundamental la presentación de un plan de negocio que refleje la escalabilidad del proyecto.

Distinguió entre Business-Angels (que normalmente no se dedican profesionalmente a esto…), las Venture Capital (profesionales del sector) y los Private Equity (más dirigidas a las grandes empresas, en búsqueda de apalancamientos financieros).

Para terminar, respondió a la pregunta del porqué son tan exigentes las VC:

  • Tienen minoría del capital social.
  • Suele darse en el proyecto una gran dependencia de la figura del emprendedor.
  • Existe la posibilidad de que el tiempo demuestre que la valoración de la empresa fuese demasiado alta.
  • Riesgo de que la empresa se convierta en un simple «puesto de trabajo» para el/los promotor/es.
  • La gran incertidumbre de los acontecimientos.
  • No es segura la salida del proyecto, ni que esta sea obteniendo rentabilidad de lo invertido.

Es muy importante llegado el momento confeccionar un plan de negocio que refleje los hitos y las necesidades de financiación para cada uno de ellos, así como los resultados que se esperan obtener en en cada una de las etapas.

Cash Burn Rate (CBR). Una métrica clave

Siempre que hablamos del inicio de actividad de un proyecto ponemos el foco de atención, en lo que a números se refiere, en la tesorería del mismo y no en su cifra de resultados.

Esto es debido a que la disponibilidad de efectivo es una de las principales claves para garantizar su supervivencia, especialmente en aquellas startups cuyos modelos de negocio exigen en las primeras fases de puesta en marcha cuantiosas inversiones de efectivo en desarrollo y necesitan tiempo hasta conseguir las primeras ventas.

El CBR nos indica «la leña que echamos al fuego». Refleja la velocidad mensual a la que consumimos nuestros fondos teniendo en cuenta todos los gastos que necesitamos acometer para iniciar nuestro proyecto mostrándonos, no solo lo que necesitamos para ello, sino también los meses que nos quedan hasta agostar el dinero que tenemos.

Esto nos servirá para saber:

  1. Cuándo ponernos en marcha para buscar financiación adicional, o iniciar una nueva ronda de inversión.
  2. Cuando deberíamos estar ya generando entradas de flujos de caja superiores a las necesarias derivadas de los gastos anteriormente citados.

Su cálculo se lleva a cabo sumando los costes fijos y estructurales mensuales del proyecto. Para calcular el «colchón» del que disponemos en meses si no tenemos ingresos hay que dividir el CBR entre el capital que tenemos. Si estamos ingresando dinero, el cálculo es algo más complejo al tener que integrar los mismos en el denominador.

En lexintek somos expertos consultores en emprendimiento y estaremos encantados en poder ayudarte a poner en marcha o hacer crecer tu proyecto: info@lexintek.com · +34 620 138 382

Emprender con pocos recursos y mínimo riesgo. El «presupuesto emprendedor»

Lo primero que se nos viene a la cabeza al leer el título de este post, es si de verdad es posible…

A pesar de que cada idea de negocio tiene sus propias características y sus propias necesidades financieras, es cierto que, en la mayoría de los casos, es posible arriesgar más bien poco y, por tanto, invertir cantidades de dinero relativamente bajas en el desarrollo de nuestra idea o proyecto.

Para poder lograrlo, nuestro punto de partida ha de fijarse, obligatoriamente, en la elaboración del correspondiente plan de negocio. En él, vamos a trabajar todos los puntos críticos de nuestro futuro negocio. Vamos a tener en cuenta y a poner en relación aspectos tales como; el fundamento y solidez de la idea, capacidades del equipo promotor, debilidades-amenazas-fortalezas-oportunidades, el mercado, nuestro producto (servicio), planes de: ventas,de  mktg y de operaciones y las normativas y ayudas vigentes.

Desarrollando todos y cada uno de estos epígrafes, vamos a poder revisar, modificar y mejorar nuestro planteamiento de negocio inicial fortaleciendo la estructura sobre la que se sustentará nuestro proyecto y, por tanto, disminuyendo ya riesgos. Además, bien definidas y contrastadas todas estas cuestiones podremos pasar a elaborar nuestro plan económico-financiero, con ellas como variables del mismo.

Gracias a este trabajo previo al inicio de actividad, con la información cualitativa y cuantitativa de los planes de negocio y económico-financiero, vamos a poder realizar un primer análisis de la viabilidad de nuestra idea. Análisis que, en caso de reflejar un resultado positivo, habrá que revisar periódicamente conforme avance la puesta en marcha de nuestro proyecto. En caso de que el resultado no sea el que en un primer momento esperábamos, habrá que volver a «empezar de cero» ya analizar las causas y factores del mismo.

Durante la fase de elaboración del plan económico-financiero, vamos a analizar las necesidades de inversión y financiación de nuestro proyecto que, ya hemos ajustado previamente. Llamamos presupuesto emprendedor a, dentro de los recursos propios de los que se dispone o se puede tener acceso; ahorros, préstamos particulares, otras fuentes de financiación alternativas y a otras posibilidades de financiación a «coste cero», como; intercambios formativos, pagos en especie a través de bancos de horas o plataformas online, crowdfunding, lendfunding (o similares), concursos, etc.

Todo esto, puede trabajarse a través del plan de negocio online de Aragón Emprendedor que podéis encontrar en el siguiente link: http://www.aragonemprendedor.com/contenido.php?modulo=contenido&padre=164&IDContenido=164

También os dejamos un link donde podéis descargar una plantilla de plan económico-financiero donde se incluye un apartado donde contemplar el «presupuesto emprendedor»https://drive.google.com/file/d/0B1b9iGXjWbdXcXRtZmxMUzRJSGM/edit?usp=sharing

Esperamos que os sirva de ayuda en los proyectos que, muchos de los que nos seguís vais a comenzar este curso.