Sociedades Civiles (objeto mercantil). Comienza la cuenta atrás. Opciones.

Hace unos días en el anterior post os comentábamos que el 1 de enero de 2016 entraran en vigor las nuevas medidas relativas a las Sociedades Civiles procedentes de la reforma fiscal de 2015.

Aunque todos los aspectos de las mismas no se han concretado, el plazo para tomar decisiones se va terminando. En este sentido, estamos trabajando para ir contemplando en profundidad todas las opciones posibles y estudiar las correspondientes actuaciones conforme la AEAT vaya informando.

Hasta entonces, te adjuntamos un sencillo gráfico que contempla todas las opciones que puedes barajar en caso de que seas socio de una de estas entidades.

Sociedades Civiles 2016 opciones

En lexintek somos expertos fiscalistas. Si tienes cualquier duda al respecto o cuestiones relacionados con la planificación fiscal de tu empresa, contacta con nosotros vía e-mail en info@lexintek.com o en el teléfono+34 620 138 382

Sociedades Civiles. ¿El principio del fin?

Tal como en anteriores posts anticipábamos, comienzan a concretarse las novedades que derivadas de la reciente reforma fiscal afectan a las Sociedades Civiles.

De acuerdo a las últimas informaciones que hemos podido recabar y comentar en charlas informativas y círculos especializados con compañeros, inspectores de la AEAT y otros profesionales afectados por este tema… De aquí a finales de febrero se prevén que vayan publicándose y dándose a conocer diversas instrucciones de AEAT y respuestas a las consultas que se han formulado a la DGT (Dirección General de Tributos) relativas al tratamiento fiscal y nuevas obligaciones de las sociedades civiles con objeto mercantil.

Adjuntamos en el siguiente link la instrucción que con fecha 13 de noviembre de este año la Agencia Tributaria ha emitido en relación a la constitución de nuevas Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes (distinguiendo entre un tipo y otro en el momento de constitución, para las de nueva creación ¿..?) y que AECE (Asociación Expertos Contables y Tributarios de España) ha hecho pública: http://www.aece.es/descargararchivo_docnoticias_1082

Seguiremos informándoos de las novedades relativas a este tipo de sociedades que tan populares han sido años atrás y que a muchos de vosotros os afectan.

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Fiscalidad en el comercio electrónico

Desterrada la idea (equivocada) de que a la hora de vender un producto online el emprendedor debía darse de alta en un epígrafe del IAE relacionado con la venta a distancia, finalmente se impone el criterio de realizar un alta censal en un epígrafe acorde a la actividad que efectivamente este va a desempeñar. Es decir, de hacerla de forma independiente al cómo van a realizarse las ventas; en establecimiento, a través de internet…

Tras las modificaciones fiscales que recientemente han afectado a la prestación de servicios vía internet y a las ventas de productos online, el régimen fiscal de estas últimas y las nuevas obligaciones relacionadas que resultan, se resumen a continuación de forma esquemática:

regimen fiscal EIB

La complejidad fiscal de una transacción online no radica en el tipo de producto o servicio, sino en la posibilidad de que al estar en situación de llegar a un número mayor de potenciales clientes, estos se hallen localizados fuera de nuestras fronteras, con las consecuencias que de ello se derivan.

*En lexintek somos expertos en fiscalidad. Si tiene cualquier duda al respecto o cuestiones relacionadas, contacte con nosotros vía mail en info@lexintek.com o en el teléfono +34 620 138 382

Algunas cuestiones sobre el IVA en las adquisiciones intracomunitarias

Algunos emprendedores al planificar el inicio de su actividad se plantean ciertas compras o inversiones a realizar fuera de las fronteras españolas, en otros países de la Unión Europea.

El IVA (impuesto sobre el valor añadido) también grava estas operaciones en el resto de países europeos a contribuyentes de otros países miembros de la UE, aunque los tipos varían en función de cada país. Es decir, podemos encontrarnos bienes con un tipo superior o inferior al que estaría sujeto en España.

A la hora de realizar el alta censal de inicio de actividad, el emprendedor debe tener en cuenta diversas cuestiones y realidades en relación a la misma. En este sentido, también tiene que evaluar la conveniencia o no de darse de alta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios) y de esta forma poder ser incluido en el VIES (censo). De esta decisión se derivan unas consecuencias que, si bien en algunos casos pueden suponer nuevas obligaciones fiscales, también posibilitan al emprendedor adquirir el bien sin el gravamen del país de origen para tributar en destino por el tipo español.

Una vez que se estima la conveniencia de este alta y se tramita, se obtiene un VAT (número de identificación tributaria) que el proveedor nos va a exigir para poder emitirnos la factura sin el correspondiente IVA. Después, nos corresponderá en la declaración del IVA «repercutírnoslo a nosotros mismos» en lo que se denomina inversión del sujeto pasivo al tipo impositivo correspondiente aquí, en España.

La conveniencia o no de darse de alta como operadores intracomunitarios en el IVA va a depender principalmente del importe de dichas inversiones, así como de las molestias que el interesado esté dispuesto a tomarse…

Si tienes cualquier duda al respecto o estás pensando en poner en marcha tu proyecto y piensas que hay cuestiones que se te escapan, no te preocupes. En lexintek tenemos amplia experiencia en el área fiscal y asesorando a emprendedores, no dudes en contactar con nosotros: info@lexintek.com · 620 138 382

Radiografía del emprendedor aragonés. Informe GEM

El jueves pasado, la cátedra emprender de la Universidad de Zaragoza, albergó la presentación del estudio realizado acerca del emprendimiento en Europa y sus conclusiones relativas al ámbito aragonés. El acto organizado por la Fundación Emprender en Aragón a cargo del Instituto Aragonés de Fomento, congregó a cerca de 50 personas, profesionales y emprendedores de referencia en Aragón.

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La sesión de casi tres horas de duración se dividió en tres partes. En la primera de ella, se trataron todas las conclusiones que el informe GEM 2014 (Global Entrepreneur Monitor) arroja sobre el panorama emprendedor aragonés.

En él, se puede observar que de las nuevas empresas constituidas, la mayoría no sobreviven más allá de 42 meses (3,5 años). El tamaño de las mismas, es muy pequeño y no contemplan asalariados, sólo socios trabajadores. También este estudio profundiza en los potenciales emprendedores y las causas de los abandonos que se dan.

El informe aborda otros aspectos tales como la caracterización de estos emprendedores, la incidencia en el crecimiento económico que su actividad tiene y muestra los resultados de distintos índices al respecto.

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La TEA (tasa de actividad emprendedora) se sitúa en el 4,2% Aragón. De ella, corresponde a las empresas nacientes el 2,6% y a las incipientes el 1,6%. Respecto a las potenciales , se sitúa en el 7,8%. Estos datos, muestran un ligero descenso respecto al año anterior y se sitúa por debajo de la TEA nacional: 5,2% (5,5% previsto para 2014)

Por otro lado, el porcentaje de emprendedores que deciden arrancar su propio negocio, se estabiliza y se queda en el 30%.

El perfil del emprendedor aragonés, es el de un hombre de 39 años con estudios universitarios y con formación en emprendimiento. El ratio de mujeres es del 0,6.

Los negocios que se inician, tienen orientación a sectores de consumo (debido a la poca inversión requerida, principalmente…) Aumentan aquellos de servicios a empresas y disminuyen los relacionados con procesos de transformación.

Como ya hemos dicho, el tamaño de las nuevas empresas, es muy reducido.

En cuanto a los principales obstáculos a la hora de emprender se encuentran el de la financiación y las políticas gubernamentales. Siendo estás a su vez, uno de los principales apoyos, junto a la mayor oferta en formación, la situación laboral y las transferencias de I+D.

En el ámbito rural, Aragón tiene un índice TEA  del 6,5%,mayor y  casi el doble que el de España. Quizás, por dificultades propias del medio…

Concluye el informe abordando la cuestión educadora y formativa, muy enfocada a los jóvenes y para la creación de nuevos negocios que generen crecimiento. Se ha de procurar el fomento de la cultura emprendedora, ya que sigue imperando la mentalidad de un empleo estable «a la antigua usanza»…

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Un último punto a subrayar y a seguir potenciando es el de la tan esperada «Ley de segunda oportunidad«; que un fracaso, no impida emprender un nuevo proyecto.

Concluye esta primera parte, con una serie de conclusiones que nos llevan a preguntarnos acerca de hacia dónde debería ir el emprendimiento, cómo superar el exceso de burocracia existente y cómo fomentar y apoyar un emprendimiento de calidad.

En la segunda parte de la jornada, D. Pedro Pardo director gerente de la Fundación, presentó un análisis de la tasa de supervivencia de los proyectos de empresa entre los años 2008-2013.

Este, refleja una tasa de emprendimiento más consolidada que la de nivel nacional. Lo que puede hacernos llevar a concluir que se produce un emprendimiento de mayor calidad

Se muestra la dualidad entre la creación y la consolidación, frente al fomento del emprendimiento.

La tasa de rotación de empresas se sitúa entre el 10% (creación-destrucción empresas), mientras que la española es del 12%.

Un 75% de estas empresas, carece de asalariados y, tan sólo un 1% de las mismas, tienen más de 10 empleados (Pymes), lo que suele conllevar una menor probabilidad de supervivencia y una menor capacidad de generar empleo.

Se ve cómo las empresas de mayor tamaño, tienen más éxito en el desarrollo de sus proyectos a largo plazo, es decir, son más consolidadas. En este sentido, las estadísticas se muestran similares en cuanto a supervivencia a nivel del resto de empresas espeñolas, pero mayores a más largo plazo.

Los emprendedores aragoneses se sitúan con mayores tasas de crecimiento en el empleo y, por tanto, con mayores probabilidades de supervivencia. Así mismo, la tasa de supervivencia a estos primeros años, es mayor en aquellos proyectos que son tutorizados.

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La jornada concluyó con las experiencias compartidas de tres casos de emprendimiento aragonés y una mesa redonda tras los testimonios de cada uno de ellos, en los que se abordaron cuestiones clave en el éxito profesional de los mismos, dificultades encontradas, previsiones acerca del panorama económico actual en relación al emprendimiento y otras cuestiones.

Deducibilidad de gastos previos al inicio de actividad. ¡Que no te mareen! El IVA (parte 1)

En la mayoría de las actividades empresariales es habitual realizar determinadas inversiones e incurrir en una serie de gastos (compra maquinaria, reforma de local, formación promotores, viajes, etc.) antes de iniciar las entregas de bienes o las prestaciones de servicios que constituyen la esencia de la actividad.

Si has tenido dudas sobre cuando se considera iniciada fiscalmente la actividad, cuándo y cómo realizar el Alta en Hacienda, (y, asociada a ésta, la de autónomos), si puedes deducirte esos gastos previos y te has informado por tu cuenta o dirigiéndote a la propia Agencia Tributaria es posible que hayas recibido, en función de a quién preguntes, versiones distintas, incluso contradictorias.

En este post y sucesivos vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre estas cuestiones…

Fiscalmente –como se recoge en la Ley del Iva-, la actividad comienza en el momento en que se realizan adquisiciones de bienes y servicios destinados a ser utilizados en dicha actividad y quien los efectúa adquiere la condición de empresario o profesional. En ese instante, al realizar las adquisiciones previas, el empresario o profesional estará obligado a presentar declaración censal (037) para comunicar a la Administración el inicio de actividad. Desde este momento, empiezan a contar las distintas obligaciones tributarias, y es preceptiva el alta en el régimen de autónomos de la Seguridad Social, a pesar de no estar de facto prestando ningún servicio y que el lapso de tiempo hasta que esto suceda pueda dilatarse varios meses.

La deducibilidad de las cuotas de Iva soportadas en los gastos preparatorios previo inicio de la prestación de servicios, se regula en los artículos 111 a 113 de la Ley del Iva. En dichos artículos, la deducibilidad de estas cuotas se condiciona a que las adquisiciones efectuadas que las generan se realicen con la intención, confirmada por medios objetivos, de que su destino sea la realización de actividades empresariales. Y esa intención se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, destacando, entre otros, la naturaleza de los bienes (de uso preferente o exclusivo empresarial), el período razonable transcurrido entre la adquisición y su uso empresarial, la solicitud de autorizaciones o licencias administrativas necesarias para iniciar la actividad, o el propio estricto cumplimiento de los requisitos administrativos y contables exigidos a los empresarios y profesionales como la presentación de la declaración censal anteriormente aludida y la llevanza de los libros registro exigidos por la normativa tributaria de este Impuesto, especialmente el de facturas recibidas.

No obstante, cabe destacar que la falta de presentación de la declaración censal no implica pérdida del derecho a deducir las cuotas soportadas en la fase previa a la entrega de bienes o prestación de servicios, momento al que puede haberse retrasado ineludiblemente la presentación censal. Constituyendo eso sí, una infracción tributaria.

En los siguientes posts de este mismo blog, abordaremos los detalles de esta cuestión.

Conoce la #reformafiscal

El pasado 1 de enero se pusieron en marcha varias medidas que, la anunciada «Reforma fiscal», contempla. La segunda mitad del 2014 nos ha permitido conocer anticipadamente algunas de estas medidas ya publicadas.

Hay diversos puntos que destacan por sus implicaciones, no solo en el aspecto recaudatorio sino también en cuanto a la extinción, creación y variación en el tratamiento fiscal de cada uno de estos hechos imponibles. Como retenciones en el IRPF de los trabajadores, dividendos de acciones, dación de pago de vivienda, indemnizaciones por despido, etc.

Ya en un post anterior, desgranábamos el asunto concreto de los cambios que afectaban a las Sociedades Civiles, una fórmula societaria muy popular entre los emprendedores. De la misma manera, trataremos otros temas en profundidad en posteriores entradas de este blog.

Sin embargo, hoy, hemos querido mostrar diferentes noticias, artículos y textos relacionados con estas medidas pero de una forma más general y que muestran con un enfoque global y de modo divulgativo, o de una forma más extensa y completa, las principales medidas que dicha reforma pone en marcha:

· «Cómo me afecta la reforma fiscal» – Diario Cinco días.

· «Cuadro comparativo novedades IRPF reforma fiscal» – C.E.F.

· «Todo sobre la reforma fiscal» – CISS.

· «Así es la reforma fiscal» – Eleconomista.es

· «Presentación de la reforma fiscal» – Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

· «Reforma fiscal. Novedades para PYMEs y autónomos» – Infoautónomos.

Esperamos que estas referencias os sean de utilidad y os acerquen a conocer las medidas que os afecten. En cualquier caso, desde lexintek, estamos disponibles para cualquier consulta o cuestión relacionada con la fiscalidad de vuestro negocio, empresa, o la vuestra en particular (como personas físicas). No dudéis en contactar con nosotros a través de correo electrónico: info@lexintek.com o a través del teléfono: 620 138 382. Además, podéis pasaros por el despacho en C/ San Juan de la Cruz 19. ¡Os esperamos!

El insomnio del emprendedor

Partiendo de nuestra propia experiencia y hablándolo con otros emprendedores, hemos constatado que son frecuentes los casos de insomnio en personas que generalmente solían dormir bien y descansar antes de poner en marcha su propio negocio.

Lógicamente, esta situación tiene una razón evidente de ser cuando se invierte una cantidad importante o se están afrontando dificultades operativas en el proyecto. Sin embargo, comprobamos que los casos de insomnio no están directamente relacionados con la marcha del negocio, ni con la inversión que ha sido necesaria para su puesta en marcha o funcionamiento. Ya vaya bien o mal, parece que la presión, ansiedad y otro factores de stress a los que el emprendedor en su día a día se ve sometido, pueden ser los culpables de tantas noches en blanco.

Es normal, que aquellas personas que trabajan por cuenta propia o que han decidido comenzar una aventura profesional que nada tiene que ver con el trabajo como asalariado y que en muchos casos han experimentado con anterioridad a esta nueva etapa, no puedan quitarse de la cabeza las preocupaciones relativas a su proyecto. En el fondo, nadie más que ellos, lo puede a sacar adelante…

En este post, únicamente, queremos dar unos sencillos consejos que los profesionales que tratan este tipo de patologías del sueño recomiendan poner en práctica cuando se da un caso de este tipo:

1- Tómate un respiro. Al menos una tarde entre semana, oblígate a salir del despacho un par de horas antes y a dejar hasta el día siguiente tu trabajo, queda a tomar una/s caña/s con los amigos, vete a comprar algo que te apetezca, regálate un capricho… Aprovecha y disfruta de unas horas en familia antes de que llegue el momento de la cena y de preparar lo del día siguiente, haz un paréntesis en tu ajetreada semana.

2- Haz deporte. Las opciones son múltiples. Además de desestresarte, mejoras tu calidad de vida, cuidas tu salud (especialmente zonas como cuello, espalda, piernas… que se ven afectadas en mayor o menor medida por las posturas en que se trabaja sentado o de pie) y te diviertes con otras personas que nada tienen que ver con tu trabajo o so lo tienen que ver, en un ambiente completamente diferente.

3- Cuida lo que comes. Y también cuándo lo comes. Intenta respetar un espacio y un horario que te permita comer bien y relajado. Aunque tengas que comer fuera de casa, no tiene porqué ser más. Lo sano está de moda y en la calle también se nota: menús sanos, equilibrados y con un precio ajustado, espacios de descanso habilitados en centros de negocio y coworking donde puedes preparar lo que llevas de casa, queda con amigos y aprovecha a descansar con ellos mientras comes, evita cenar tarde y copiosamente.

Esperamos que os sirva de ayuda a nivel profesional, pero sobre todo personal.

II Diploma de Especialización en Consultoría y Asesoramiento para Profesionales del Emprendimiento

Esta semana, han comenzado las pre-inscripciones para el II Diploma de Especialización en Consultoría y Asesoramiento para Profesionales del Emprendimiento que la Universidad de Zaragoza imparte a través de la Cátedra Emprender de su Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

El objetivo de esta titulación es ofrecer a aquellos profesionales que trabajan en proyectos de acompañamiento, consultoría, tutorización, mentorización… a emprendedores los medios, conocimientos y recursos necesarios para desempeñar más eficientemente su tarea, así como la normalización de estas actividades de asesoramiento a emprendedores.

El curso pasado, David, asistió a la primera convocatoria de este título. La experiencia fue muy positiva y en esta ocasión, será Pedro el que por parte lexintek participe en la próxima edición del mismo que dará comienzo este otoño.

Respecto a la estructura y contenidos del Diploma, el título supone un total de 750 horas (30 créditos), entre la formación presencial, el desarrollo y tutorización del Plan de Empresa y el Trabajo Final del Diploma.

El Programa se estructura en tres bloques lectivos:

  • “Actividad Emprendedora en el Contexto Socioeconómico”. Se estudia el papel que el emprendimiento desempeña para el crecimiento económico de un territorio, su utilidad como herramienta de desarrollo y las infraestructuras de apoyo al mismo; en el segundo.
  • “Herramientas prácticas para el Asesoramiento a Emprendedores”. Se incide en las características y perfil del asesor-tutor y las habilidades y destrezas que debe de conocer y poseer.
  • “Conocimientos Técnicos para el Desarrollo del Proyecto Emprendedor”. Se estudian en profundidad todos los aspectos en los que debe de incidir el Plan de Empresa de un proyecto emprendedor. El programa lectivo se complementa con conferencias y actividades prácticas, como el desarrollo del plan de negocio y análisis de viabilidad on-line y el Trabajo Fin de Diploma.

Esperamos disfrutar y aprovechar esta experiencia que junto a otros compañeros tendremos la oportunidad de compartir para poder ayudar y atender mejor a aquellas personas que quieren poner en marcha su idea de negocio. Os iremos informando y contando las principales novedades e hitos de este curso.

“El cliente del mes (IV)” – Flash Go Fotografía

Flash Go Fotografía es una empresa ubicada en Zaragoza e integrada por dos jóvenes emprendedoras, Diana Cebrián y Silvia Redín.

Su estudio de fotografía se encuentra situado, temporalmente, dentro de C.P.I.F.P Los Enlaces. Podéis encontrarlo en la Calle Jarque de Moncayo nº 10, de la capital aragonesa.

A través de su trabajo, buscan captar sensaciones, momentos únicos y especiales en las vidas de los seres humanos. Bebés, niños y adultos son presas de sus objetivos. Con un estilo artístico, cálido e innovador, plasman en imágenes sentimientos, complicidades e infinidad de momentos que escapan al ojo humano.

Sus sesiones fotográficas suelen llevarse a cabo en interiores, sacando el máximo partido y teniendo en cuenta la espontaneidad en las tomas fotográficas, en el empleo de la luz y los decorados artificiales a través de post-producción en ordenador. Cada sesión es única y personal, pero cualquier sitio es adecuado y puede convertirse en un buen lugar para fotografiar tus recuerdos, destacando a su vez el trabajo de fotografía en exteriores de la ciudad de Zaragoza o de sus alrededores.

También cubren eventos sociales como: bautizos, bodas, comuniones…, eventos profesionales: conferencias, congresos…,  y otros eventos culturales: conciertos, espectáculos, teatros o festivales.

Su producto más innovador es la fotografía de mascotas, a través de la cual quieren reflejar mediante instantáneas divertidas y entrañables, la vitalidad y alegría que transmiten nuestros fieles amigos. Por ello, te ofrecen la posibilidad de inmortalizar a tu mascota solo o acompañada de ti. #MASCOTIZATE!

Desde aquí, te invitamos a que visites su web y conozcas sus trabajos en www.flashgofotografia.com y les sigas en las principales redes sociales;

Facebook: Flash Go Fotografía

Twitter: @FlashGoFoto

Instagram: @Flashgofotografia

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