Fiscalidad (y tratamiento contable) de las criptomonedas

En lexintek llevamos tiempo trabajando en cuestiones relacionadas con el ámbito contable y fiscal de la economía digital. Principalmente por tres motivos:

  1. Nos gusta
  2. Nuestros clientes lo demandan
  3. Es el futuro (presente) en múltiples sectores de la economía

El actual marco normativo está obsoleto y mientras vamos recibiendo con cuentagotas las esperadas actualizaciones –la mayoría de ellas desde Bruselas…- se hacen necesarios, tanto un ejercicio de estudio y valoración del hecho imponible en cuestión, como otro de adaptación de las actuales leyes.

Si bien los diversos organismos responsables se esfuerzan en adaptar la legislación a los avances tecnológicos (que en materia de servicios electrónicos, ventas a distancia, criptomonedas, etc. se suceden), mientras tanto, como fiscalistas hemos de buscar y encontrar soluciones para nuestros clientes al respecto. Nos solicitan gestionar la fiscalidad de sus negocios. Confían y delegan esta importante tarea en nosotros y hemos de darles respuestas.

  • Para ello se hace necesario que, además de fiscalistas, seamos techies; entender el producto/servicio de nuestro cliente y todo lo relacionado con su modelo de negocio como punto de partida.
  • Obligatorio es también estar al día de todas las novedades que aparezcan en materia fiscal de economía digital; reformas de las actuales leyes, nuevas normativas, cambios de criterios interpretativos, contestaciones a consultas formuladas del contribuyente a la autoridad tributaria,…
  • Y por último, compartir el conocimiento. Creemos que colaborar y trabajar en equipo con otros compañeros es la única forma. Por ello, además, participamos en diversas formaciones y foros especializados.

En relación a este último párrafo, destacar que el mes pasado nuestro socio Pedro Herrero tuvo la oportunidad de asistir en Barcelona a un curso de fiscalidad de la economía digital impartido por Emilio Pérez Pombo. En este curso se trabajaron diversas cuestiones. Entre ellas todo lo relacionado con las criptomonedas. Desde aquí, queriendo compartir a modo de resumen las conclusiones extraídas, colgamos la siguiente infografía:

En lexintek somo expertos fiscalistas y estamos especializados en economía digital. Si tienes un proyecto y buscas un aliado de confianza para adaptar tu fiscalidad correctamente a la realidad de tu operativa digital, no dudes en contactar con nosotros. Puedes llamarnos al 620 138 382 o escribirnos a hola@lexintek.com

Líneas de control y vigilancia por parte de AEAT en 2018

En el BOE del día de ayer, entre otras, se publicaron las líneas de vigilancia y actuaciones de control que como todos los años la Agencia Tributaria anuncia.

En esta ocasión la AEAT pone el foco en la economía digital e internacional. En concreto, se va a fijar la atención y destinar recursos a revisar las operaciones relativas a:

  1. Grupos multinacionales y grandes empresas:
    • Precios de transferencia
    • Planificaciones fiscales agresivas
    • Establecimientos permanentes
    • Paraísos fiscales
  2. Análisis patrimonial:
    • Detección de bienes y derechos ocultos
    • Rentas no declaradas
  3. Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades:
    • Sectores y modelos de negocio en los que los niveles de economía sumergida destacan por una especial percepción social sobre su propia existencia (economía colaborativa)
    • Comprobación de diferentes aspectos de carácter material en los que se detecta una inadecuada declaración de ingresos por parte del contribuyente
    • Detección de falta de repercusión efectiva en el último escalón de la cadena del IVA
    • La existencia de sociedades carentes de una estructura productiva real que puede permitir que sean utilizadas con el ánimo de facilitar la ocultación de rentas (sociedades «zombies»)
    • Ejecución de actuaciones de comprobación respecto de los contribuyentes que hayan sido objeto de regularizaciones tributarias
    • Actuaciones dirigidas a evitar el uso abusivo de personas jurídicas con la única finalidad de canalizar rentas a personas físicas de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables e, igualmente, con sociedades vinculadas con una persona o grupo familiar.
  4. Análisis de nuevos modelos de negocio:
    • Actuaciones sobre los nuevos modelos de distribución. («drop shipping» y «market places»)
    • Actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet, para detectar la posible existencia de tramas fraudulentas constituidas con patrones creados para defraudar
    • Nuevas tecnologías. Para mejorar la eficacia del uso de la información de que dispone la Agencia Tributaria se utilizarán nuevas técnicas de análisis de datos (se aplicará el «big data» y otras herramientas digitales)
    • Se vigilarán los pagos con tarjeta especialmente, ya que se ha superado el volumen de retirada de dinero en metálico de cajeros automáticos. (uso de monederos electrónicos y de sistemas de transferencias instantáneas…)
    • Se estudiará la incidencia fiscal de nuevas tecnologías, como blockchain, y, en especial, las criptomonedas(*Plataformas y apps denominadas «billeteras» como Coinbase, que permiten la compra y venta de ciptomonedas: etherum, litecoin o bitcoin…, ya están avisando de la responsabilidad por parte del usuario de las mismas en torno a la tributación de los rendimientos obtenidos por las transacciones realizadas con estas monedas digitales en base al pronunciamiento de las autoridades fiscales estadounidenses.)

Ayer en la formación que impartimos en la_Terminal advertimos de todos los cambios que se avecinan en lo relativo a la tributación de actividades económicas de proyectos o empresas con modelos de negocio digitales y de carácter internacional. Te invitamos a que estés atento a las próximas sesiones que llevaremos a cabo en ZAC, IberCaja, … para poder enterarte y estar al día de todo ello. En esta misma web, en el apartado AGENDA iremos colgando toda la información de estas actividades y formaciones.

En lexintek somos expertos en fiscalidad en este tipo de operaciones. Estamos alojados en una aceleradora de start-ups y conocemos a fondo la fiscalidad de la economía digital e internacional y estamos en continua formación para conocer las novedades que al respecto se suceden. Si tienes duda, contacta con nosotros 🙂